El Gobierno quiere que los bancos den la máxima difusión de las nuevas medidas de alivio para los hipotecados e informen "de manera individualizada" a los clientes que puedan acogerse al Código de Buenas Prácticas en el plazo de un mes tras la entrada en vigor.
En el real decreto-ley que este martes aprueba el Consejo de Ministros, el Ejecutivo reclama a las entidades que faciliten un teléfono y una dirección de correo electrónico donde responder a dudas y recibir las solicitudes de los clientes.
Además, el texto establece que se facilitará información sobre las medidas de alivio hipotecario "en un lugar destacado" de las web de las entidades y a través de su red comercial de oficinas.
En cualquier caso, el real decreto-ley deja claro que podrán formularse ante los servicios de reclamaciones o defensores de los clientes de las entidades, y sucesivamente, ante el Banco de España las reclamaciones derivadas del presunto incumplimiento del Código de Buenas Prácticas.
Estas reclamaciones recibirán el mismo tratamiento que las demás reclamaciones cuya tramitación y resolución corresponde a dicha institución o, en caso de haber iniciado sus actividades, a la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero.