La Audiencia Provincial absuelve a un residente en Ribeira de agresión sexual por la que le pedían doce años de cárcel

El tribuna señala en su sentencia que no quedó acreditado que el procesado le hubiera quitado a su expareja la ropa y se temieron comportamientos inadecuados con su víctima
La Audiencia Provincial absuelve a un residente en Ribeira de agresión sexual por la que le pedían doce años de cárcel
El juicio contra un ciudadano de nacionalidad extranjera por agresión junto otros delitos relacionados con la violencia de género en Ribeira se celebró el lunes 1 de julio en la sección primera de la Audiencia Provincial

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña absolvió a un vecino de Ribeira de un delito de agresión sexual, por el que la Fiscalía y la acusación particular le solicitaban doce años de cárcel y la prohibición de acercarse a su víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con ella, durante 14 años, y otros 10 años de libertad vigilada; y de otro continuado de injurias y vejación injusta, por el que el Ministerio Público le pedía 30 días de localización en domicilio diferente y alejado del que tenga la víctima, entre otras medidas. 


Por el contrario, este mismo tribunal le condena como autor penalmente responsable de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de genero, con la concurrencia de la circunstancia analógica de drogadicción, a la pena de 9 meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por período de 2 años y a la prohibición de aproximarse a su víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante. 

 

La Audiencia precisó que esas medidas deberán ser controladas mediante la instalación de un dispositivo de control telemático. Y también le impone una pena de un año de prisión como autor criminalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito continuado de quebrantamiento de condena, y la imposición de los dos cuartas partes de las costas procesales causadas, incluidas las de la acusación particular.

 
Además, como responsable civil deberá indemnizar a su víctima con 10.000 euros con los intereses legales establecidos. Al acusado le será descontado el periodo de tiempo en que permaneció en prisión provisional por esta causa.. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los 10z días siguientes al de la última notificación.

 

Setencia condenatoria previa

En la sentencia, el tribunal señala que el acusado, con antecedentes penales no computables, fue condenado por un delito de violencia de género por sentencia firme dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Ribeira el 11 de octubre del año 2022, como consecuencia de la celebración de un juicio rápido, y le impuso la pena de prohibición de aproximarse a su ex pareja a menos de 150 metros y de comunicarse con ella durante 8 meses y 1 día. Pese a ello, durante la vigencia de tales prohibiciones, el acusado continuó residiendo con ella en la habitación de un hostal de la capital barbanzana. 

 

En la relación de hechos probados, señala que fue el día 15 de octubre de 2022 encontrándose ambos en la habitación de un hostal que compartían, el acusado procedió a insultar a gritos a ella y le amenazó con forzarla a tener relaciones sexuales con él, al tiempo que le propinaba puñetazos por todo el cuerpo, le mordió en una mano y le tapó la boca y la nariz fuertemente con una mano, insistiendo en sus amenazas. Pese a todo eso, ella logró soltarse y llegó a abrir la puerta del baño, pero el procesado la persiguió hasta atraparla por el pelo y arrastrarla de nuevo hasta el cuarto, mientras la golpeaba de forma continuada en la cabeza.

 

 

 

El tribunal también considera probado que después le metió una toalla en la boca y ella perdió el conocimiento por un momento. Después de recuperarse, salió de nuevo al rellano del hostal para pedir ayuda. "Alertado por los gritos y golpes, otro huésped avisó a la Policía, y el procesado volvió a atrapar a su víctima, continuando con la agresión, arrastrándola por las escaleras y golpeándole la cabeza contra los escalones en su camino hacia el primer piso y, en ese momento, fue cuando llegaron los efectivos de las fuerzas de seguridad, al tiempo que él le decía a su expareja que “eres mi mujer”. A consecuencia de esos hechos, la denunciante sufrió policontusiones, múltiples lesiones excoriativas y hematomas en brazos, piernas, cuello, espalda y cabeza, así como infiltración hemorrágica en mucosa labial, TCE en zona parietal derecha con hematoma y herida incisa en muñeca derecha.

 

La Audiencia basó su decisión de absolver al acusado de un delito de agresión sexual y otro continuado de injurias y vejación injusta en que no resultó acreditado que por causa de estos hechos a su expareja le quedase como secuela la agravación o desestabilización de otros trastornos mentales, tales como depresión y trastorno de inestabilidad emocional de la personalidad). "No ha resultado acreditado que el acusado durante el desarrollo de los hechos le hubiera quitado a su expareja la ropa que vestía y hubiera tenido comportamientos inadecuados con ella. No ha resultado acreditado que en la madrugada del día 15 de octubre de 2022 el procesado se hubiera acercado en varias ocasiones cuando su expareja estaba en diferentes locales de ocio de Ribeira y otros insultándola y recriminándole que tuviera relaciones sexuales con otras personas", sostiene el tribunal. El acusado había permanecido en situación de prisión provisional por esta misma causa desde el día 17 de octubre de 2022.

La Audiencia Provincial absuelve a un residente en Ribeira de agresión sexual por la que le pedían doce años de cárcel

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