Un vecino de Boiro deberá sentarse este martes, día 28 de enero, a partir de las diez menos cuarto de la mañana en el banquillo de los acusados de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña para responder de la acusación de un delito de intento de asesinato de la que fue su expareja y madre de su hija menor de edad, por el que la Fiscalía le solicita 14 años de cárcel, otros cinco años de libertad vigilada y la privación de la patria potestad de la hija que tienen en común; y tambíen reclama otros cuatro años de prisión y posterior libertad vigilada por un delito de lesiones con un objeto peligroso para la vida o salud física de su padre, así como la pena accesoria de prohibición de acercarse a su progenitor, a su lugar de trabajo o cualquiera en que se encuentre a una distancia inferior a 1.000 metros, así como de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento durante 9 años.
Los delitos de que se le acusa se registraron el 19 de julio de 2023 cuando el ahora procesado y su ya expareja acudieron al domicilio de los padres de él en Boiro para realizar una gestión relativa a la documentación de una embarcación, y que mientras hacía la misma en el interior de la vivienda, el acusado comenzó a increpar a la que fuera su pareja. El progenitor del procesado le gritó a su hijo reprendiéndole por su comportamiento y le dijo que no consentía que se dirigiese así a ella. "En ese momento, el procesado, guiado por el ánimo de menoscabar la integridad física de su padre, cogiço una silla de madera maciza y, dirigiéndose hacia el lugar en el que se encontraba su progenitor, fuera de la casa, le golpeó en, al menos, tres ocasiones en el abdomen, haciéndole caer al suelo. Como consecuencia de esta agresión el procesado causó importantes lesiones a su padre", señala el Ministerio Público en su escrito de conclusiones provisionales.
Los hechos que se le atribuyen, y por los que será juzgado, no se acabaron ahí, pues según señala la Fiscalía, tras presenciar esos hechos y mientras la víctima era socorrida por su mujer, la expareja intentó marcharse del lugar saliendo a la vía pública. El acusado se subió a una Mercedes Vito y le gritó a ella que se subiera a la furgoneta y ella se negó "por el temor que le originaba el procesado y los hechos que acababa de presenciar". El acusado se marchó del lugar en ese vehículo y ella, tras esperar tres minutos, se fue de allí caminando por la vía pública, llegando a transitar por la carretera DP-1106, y a la altura de su punto kilométrico 2,58 se encontró a su expareja circulando en la furgoneta en sentido contrario al que ella llevaba. "Él, al verla, detuvo el vehículo y comenzó a gritar y ordenarle nuevamente que se subiera al vehículo. Ella se negó y, atemorizada, continuó su camino a pie y él acompañó su recorrido circulando marcha atrás con la furgoneta, mientras continuaba gritándole, ordenándole que se subiese al vehículo", detalla el Ministerio Público.
La Fiscalía indica en su escrito de acusación que ante el temor que tenía ella hacia el acusado, y al mantener él su conducta, acudió a un taller mecánico que hay en esa zona para buscar auxilio, aprovechando la presencia de gente en ese negocio. El Ministerio Público señala que, cuando ella alcanzó la explanada que había delante del citado taller, "el procesado, guiado por el ánimo de acabar con la vida de la que había sido su pareja, así como de menoscabar su dignidad como mujer, dio marcha atrás a la furgoneta y, acelerando bruscamente, abandonó la carretera DP-1106, introduciéndose en la explanada, dirigiendo el vehículo hacia ella, que se encontraba en ese momento dando la espalda al procesado, sin ninguna posibilidad de reacción por ello, impactando con la parte frontal de la furgoneta en su cuerpo que, como consecuencia del impacto salió despedida varios metros -aproximadamente tres- hasta caer dentro del taller. Tras esto, el procesado bajó de la furgoneta, increpando a su expareja y tratando de llegar hasta ella, impidiéndolo varios trabajadores del taller que se encontraban en el lugar", detalló la Fiscalía.
En ese escrito de acusación, se señala que la expareja sufrió lesiones consistentes en fracturas costales múltiples con neumomediastino y hemotórax, fractura esternal; fractura costocondral del segundo y tercer arco costales izquierdos en dos punto desplazadas: el fragmento condral de 24 milímetros del segundo arco costal está desplazado hacia mediastino anterior con leve neumomediastino asociado, y el fragmento del tercer arco costal se desplaza hacia la cavidad torácica, observándose pequeños focos de vidrio deslustrado en pulmón subyacente así como pequeñas áreas lucentes que sugieren contusión pulmonar con posible laceración asociada".
Igualmente, precisa que sufrió la "fractura de la décima costilla derecha, angulación en extremo proximal del cuerpo esternal que pudiera tener relación con fractura no desplazada; leve aumento de densidad de la grasa retroesternal compatible con posible hematoma mediastínico; pequeña cantidad de derrame pleural izquierdo denso sugestivo de hemotórax, que requirieron para su curación de una primera asistencia facultativa y de tratamiento médicoquirúrgico, tardando en curar un total de 45 días, tres de ellos de perjuicio personal grave -hospitalización- y 42 de perjuicio moderado, sin dejar secuelas.
El padre del acusado sufrió, según indica la Fiscalía, “policontusiones, dolor en hemitórax izquierdo, dolor en flanco izquierdo, excoriación rodilla izquierda, excoriación en muñeca, dolor en un tercio distal de radio, dolor en eminencia tenar, que requirieron para su sanidad de una primera asistencia facultativa, sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico, y tardaron en curar 10 días, uno de ellos de perjuicio personal moderado, siendo los 9 restantes de perjuicio básico, sin dejar secuelas"
Además, el Ministerio Público recuerda que por un auto del 21 de julio del 2023, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Ribeira se acordó la medida cautelar de prisión provisional del procesado, medida que continuó vigente en el momento de la elaboración del escrito de acusación. Y añade que, asimismo, por un auto de igual fecha y juzgado, se acordó la medida cautelar consistente en la prohibición de aproximación del procesado a su expareja, a sus padres y a la hija a una distancia inferior a 500 metros, así como la prohibición de comunicación con ellos.