El exasesor jurídico mantiene abierto un litigio con el Concello de Cambados para solicitar que su cese se determine como despido nulo o improcedente, con lo que ello conlleva, aunque también planteó que, en caso de no practicarse la readmisión, se le indemnice con 165.000 euros. De primeras, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado repetir el juicio donde se desestimó su demanda.
Esta plaza siempre ha sido muy controvertida por la forma de cobertura. Hasta el año pasado estaba ocupada por Rafael Riveiro, que inició su relación laboral con la administración en 2009 como asesor externo, extendiéndose esta situación en el tiempo hasta provocar llamadas de atención de Intervención y críticas de parte de la oposición al gobierno del PP. Finalmente, en 2012 lo declaró personal laboral indefinido no fijo con un sueldo de 4.582 euros al mes, incluido el prorrateo de las pagas, pero no convocó la plaza mediante concurso. De hecho, esta seguía vacante y en el segundo mandato de las coaliciones del PSOE se incluyó en la Oferta de Emprego Público de 2020 para cubrirla en régimen funcionarial y por turno libre.
El abogado no concurrió al proceso, que el año pasado concluyó con el nombramiento del aspirante con la mejor calificación y en la extinción de su contrato, con el abono de una indemnización de 41.428 euros. El jurista recurrió la oposición en el contencioso, pero la Justicia determinó que era “conforme a derecho”, y también presentó una demanda contra su cese, que también fue desestimada.
Riveiro solicitaba que se declarase el despido nulo por “vulnerar la garantía de indemnidad –una figura cuyo objeto es evitar represalias contra el trabajador que reclama contra su empresa–” y “el derecho a no ser discriminado”. Así, pedía que se condenase a la administración a readmitirlo directamente o a pagarle una indemnización de 165.000 euros o la que legalmente correspondiera, o a declararlo como despido improcedente, devolverle el puesto y pagarle una indemnización adicional de 30.000 euros por daños y prejuicios. En todo caso, también pedía el abono de los salarios dejados de percibir hasta ese momento, más los intereses.
Pero el Juzgado de lo Social número 2 de Pontevedra falló que la “cobertura definitiva da praza e do posto vacante ocupado por persoal con vínculo temporal constitúe causa lícita que habilita a extinción do contrato” y el jurista recurrió la sentencia ante la Sala de lo Social del TSXG, pidiendo la nulidad de la actuaciones por “indefensión”, porque le rechazaron ampliar la demanda. Fue ocho meses después de presentarla –marzo de 2023– cuando pidió que, en el cálculos de las cuantías, se tuviera en cuenta que el Consejo de Ministros había aprobado un incremento del 0,5 % en los salarios y con carácter retroactivo desde enero. Y el Alto Tribunal ha estimado que cumplía los requisitos, que la juzgadora erró al inadmitirla y ordena que se repita el juicio.
Preguntado al respecto, el alcalde, Samuel Lago, considera que no se volverá a valorar toda la pretensión del extrabajador, según le han traslado los servicios jurídicos; solo la parte correspondiente a la actualización salarial. Asimismo calificó de “insólito” que aquella Xunta de Goberno de 2012 “lle recoñecese a totalidade da antigüidade, dende 2009, pues comezou con contratos de servizos”.
Cabe recordar que en 2018 también acaparó páginas en los medios por un informe respecto a un concurso de personal.