El Supremo confirma 30 años de prisión para un excura que abusó de 7 menores

El Supremo confirma 30 años de prisión para un excura que abusó de 7 menores

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 30 años de prisión impuesta a un excura por abusos sexuales a siete menores de alrededor de 13 años que cursaban estudios de secundaria internos en el seminario de la Diócesis de Ciudad Real, donde él era formador de seminaristas.

 

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el exsacerdote contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, que elevó a 30 años la pena de 22 años y 8 meses que le había impuesto la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

 

Ha confirmado además una multa de 52.920 euros y una indemnización de 2.000 euros a cada una de las víctimas.

 

Antes de este proceso judicial, en 2016 el Tribunal Eclesiástico dictó una sentencia canónica que impuso al exsacerdote la reclusión en un monasterio por cinco años, con asistencia espiritual y psicológica, pero el acusado no aceptó al mantener su inocencia.

 

Esta circunstancia acabó con la decisión del papa Francisco de apartarlo del ejercicio del sacerdocio, después de que el caso saltara a la luz por una denuncia que había interpuesto el anterior obispo de Ciudad Real, Antonio Algora.

 

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, rechaza que las conductas imputadas al cura entre 2013 y 2015, fundamentalmente, puedan interpretarse como un "mero juego", como sostiene en su recurso, ya que fueron actos hábiles para atacar la indemnidad sexual de los menores".

 

Los magistrados repasa los tocamientos a los que sometía a los menores con la excusa de juegos o ahogadillas en la piscina o de supuestas curas médicas en las habitaciones, o las peticiones de que se desnudaran delante de él, comportamientos con un "evidente carácter sexual" que atentan contra su libertad sexual.

 

El Supremo destaca la "vulnerabilidad emocional" de unos menores internos y sometidos a un ambiente de disciplina, lo que aprovechó su formador para perpetrar sus delitos con un consentimiento viciado por parte de los chicos que tutelaba.

 

La Sala considera verosímiles los testimonios de las víctimas y rechaza la posibilidad de que hayan orquestado una maniobra para perjudicare al condenado.

 

"Es muy difícil que pudieran ponerse de acuerdo tantas personas (menores y sus padres) para montar un escenario delictivo de esta envergadura y que no hayan incurrido en fisuras o contradicciones significativas, máxime cuando está probado las buenas relaciones que los menores mantenían hasta entonces con el que era su formador en el seminario e igualmente los padres con alguno de los cuales la relación era incluso de amistad", señalan los magistrados.

 

No consta además que los menores tuvieran conocimiento de lo que les estaba ocurriendo a los demás, ni de que lo hubiesen comentado entre ellos, pese a que todos lo conocían por ser internos en el seminario.

 

También da visos de realidad a la denuncia la declaración de la psicóloga del seminario y la forma en la que surge la denuncia de los hechos: "a través de los sacerdotes de los pueblos y parroquias de los seminaristas y aún de otro seminarista mayor. Son varios", añade el Tribunal.

 

El propio acusado, recalca. corroboró algunas de las declaraciones de los menores, aunque no se trató de una "confesión" de los hechos, ya que no reconoce su culpabilidad.

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