Capitanía Marítima limita a 8 nudos la velocidad que los barcos de recreo pueden alcanzar entre las bateas de la Ría de Arousa. Es una de las medidas recogidas en materia de seguridad en un nuevo documento hecho público y en el que también fija en dos millas la distancia que este tipo de barcos puede recorrer. El texto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia expone que se decide "limitar la navegación de todas las embarcaciones y artefactos, independientemente de su lista de matrícula, a una velocidad inferior a 8 nudos, cuando naveguen por el interior de los polígonos de bateas, o a menos de 50 metros de su perímetro exterior". La zona navegable es la que se incluye entre Punta do Castro y Punta Fradiño.
En lo referente a las zonas de playa se expone que "en los canales debidamente balizados para lanzamiento y varada desde la playa, la velocidad de las embarcaciones y artefactos flotantes de recreo no superará los 3 nudos. Cuando no exista canal balizado, el lanzamiento y la varada se realizará con derrotas perpendiculares a la línea de playa, y a una velocidad no superior a los 3 nudos".
Las medidas no solo afectan a la navegación, sino también a los fondeos que este tipo de barcos pueden hacer en puntos como la isla de Cortegada o Sálvora. Espacios que están acotados y que, por lo tanto, los usuarios de este tipo de barcos deben tener en cuenta.
Las embarcaciones a las que se refiere Capitanía Marítima no son solo zodiacs - como la que sufrió un accidente hace tan solo unos días en Arousa- sino también otro tipo de embarcacions como kayaks, elementos de kite, de surf o incluso pedaletas. También motos de agua y embarcaciones que alcanzan más velocidad como la que provocó el trágico accidente en la playa de Silgar, en Sanxenxo, hace poco más de un año.
De hecho en materia de balizamiento se expone que en los tramos de costa que carezcan de zona de baño balizada queda prohibida la navegación de motos náuticas en la franja continua a la costa en una anchura de 200 metros, salvo para vararlas en las playas o salir del mar desde ellas.
Además en la resolución y normativa explican normas de seguridad básica en materia de iluminación, de reducción de velocidad en caso de acercamiento a otro barco o también en actos con varios barcos, como pueden ser las procesiones marítimas del Carmen. También en cuestiones relativas a la obligatoriedad de los barcos de pasar revisiones técnicas específicas para garantizar que todo está correcto en su funcionamiento.
De esta forma Capitanía Marítima actualiza las normas que estaba en vigor y que datan del año 2002.