La Audiencia Provincial de A Coruña ratificó una sentencia condenatoria contra un vecino de Cabo de Cruz por un delito leve de amenazas. Así, los magistrados consideran probado el relato del denunciante. Los hechos se remontan a abril de 2022, en el lugar de Cesar, cuando los nueve perros del condenado trataron de acercarse al denunciante, que, ante esa situación, sintió temor, por lo que le recriminó que llevara los perros sueltos, advirtiéndole del peligro que supone. Ante las acusaciones del hombre —y según su versión—, el acusado reaccionó de manera nerviosa y exhibió hacía el denunciante un sacho que llevaba en la mano como modo de advertencia.
Así, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el acusado contra la sentencia previa del Juzgado de Instrucción de Ribeira, que lo condenó a una pena de un mes de multa con una cuota diaria de tres euros por día de sanción, con la responsabilidad personal subsidiaria. Ante ello, el boirense alegó ante la Audiencia Provincial indefensión y vulneración de derechos por haberse celebrado el juicio sin su presencia, ya que asegura que llegó tarde por retraso del autobús. Por otra parte, se alegan problemas de salud que habrían incidido en su actuación.
Pese a las alegaciones del recurrente, el magistrado sostiene que “no hay motivo para advertir error en la declaración” del denunciante y da como probado que el acusado exhibiese un sacho como amenaza, dotado de la prueba procedente de la declaración del perjudicado, ya que considera que “fue coherente y por entero compatible con los hechos denunciados”. En cuanto a los supuestos problemas de salud, resuelve que “ni se demuestran ni consta que pudieran tener tal efecto” y zanja que “no hay infracción procesal que pueda amparar la pretensión de anular la sentencia y el juicio”, por lo que confirma la sentencia previa condenatoria.