El largo conflicto judicial en A Illa fruto de la última licitación del servicio de recogida de la basura y gestión del punto limpio afrontó en este 2024 un último capítulo con fallo nuevamente en favor del Concello. Valoriza, la anterior empresa prestadora del servicio, recurrió ante el Tribunal Administrativo de Contratación Pública da Comunidade Autónoma de Galicia (Tacgal) y, posteriormente, a la jurisdicción contenciosa-administrativa. En esta última vía judicial, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) volvió a tumbar las pretensiones de aquella empresa, confirmando los pronunciamientos previos.
El fallo, emitido en marzo pero conocido ahora, era todavía susceptible de recurso de casación, pero en estos meses, desde el Concello de A Illa no han tenido nueva comunicación al respecto, por lo que entienden que ya habrá adquirido firmeza.
El Concello había convocado el concurso de licitación en 2016, para acabar con la situación de provisionalidad en la prestación del servicio. Ganó el concurso Valoriza, pero otras empresas aspirantes recurrieron, como es bastante habitual en contratos del sector, en los que se pone en juego gran cantidad de fondos.
La sala no ve motivo de nulidad, al recordar que una sentencia anterior ya había dirimido la disputada licitación
Entre las recurrentes estaba FCC y, andados los años, los tribunales terminaron dándole la razón, haciendo retrotraer el concurso de adjudicación al momento de la valoración de las ofertas presentadas, cambiando algunos criterios de puntuación. A la luz de estas nuevas directrices, ganó el concurso FCC, que se adjudicaba así, tras el paso por tribunales, un contrato que en 2016 se firmaba para doce años. No obstante, Valoriza, la empresa que había ganado inicialmente, siguió en la pugna judicial.
El TSXG razona en esta última sentencia que procede la “inadmisión de nulidad del procedimiento” que pedía Valoriza, al considerar el litigio de fondo “cosa juzgada”. Así lo entiende porque “la nueva valoración de los criterios subjetivos” en el concurso de adjudicación “se ha realizado en ejecución de sentencia”, aquella que, justamente, obligaba a retrotraer la licitación al momento de valoración de las ofertas. Aquella sentencia, “produce cosa juzgada material”, ya que “ni siquiera fue recurrida por Valoriza, aceptando sus consecuencias”. Además, mantiene la sala que la “nueva valoración”, “se realizó objetiva e imparcialmente”. Concluye el TSXG que FCC, además, “aportó, en tiempo y forma, la documentación requerida”.
Las costas se imponen a la recurrente, en la cuantía de 1.500 euros: 750 en favor del Concello y otros 750 euros en favor de la codemandada, FCC.