El conflicto entre dos marineros y la Cofradía de A Illa dio ayer otro giro de tuerca más que ha puesto sobre la mesa acusaciones de posible “difamación y calumnia”. En un extenso comunicado firmado por ambos, Benigno Chaves y Avelino Paz, afirman que no descartan emprender acciones legales, justamente, por esta “presunta difamación y calumnia” contra representantes de la Cofradía “ya que de forma continua, reiterada y públicamente están manifestando que hemos estamos trabajando de forma ilegal en dos planes de explotación a la vez, manifestando ‘que trabajamos de forma picaresca y que podríamos estar aprovechándonos ilícitamente de los recursos marisqueros’ ”. Retan de hecho a quién mantenga públicamente tales acusaciones a , “aportar las pruebas de las que dispongan para realizar dichas afirmaciones, ya que nosotros nunca trabajamos en el mismo día en Noia y en A Illa de Arousa”, reiteran sobre esta controversia.
En el comunicado, los firmantes insisten en el origen interpretativo de las discrepancias, reiterando una vez más su parecer. Así, insisten en que “no es lo mismo”, por un lado, “ser socio de la Cofradía”, ya que, efectivamente, “no se puede ser socio de dos cofradías de una vez”. Pero diferencian por el otro lado el “ser participante de dos planes de explotación en dos cofradías distintas y al mismo tiempo”, ya que, mantienen, “se puede trabajar en los planes de explotación de distintas cofradías sin ser socio” de estas.
Así pues, reafirmándose en sus argumentos, consideran que “non son ciertas” unas afirmaciones de la representación legal de la Cofradía sobre que estos dos marineros pretenderían ahora “cobrar de dos sitios a la vez”. No es cierto, mantienen, porque la reclamación por lucro cesante que han presentado “es por días de trabajo en los planes de explotación de A Illa de Arousa” que “non se nos ha permitido realizar” y que, tal y como indican, eran compatibles. Así lo afirman porque “eran días y épocas distintas a las que trabajos en los planes de trabajo de la Cofradía de Noia”.
A mayor abundamiento, quisieron dejar claro que la controversia se materializa en dos procedimientos diferentes. Por un lado, el que se refiere a los años 2016 y 2017, cuando “la Cofradía de A Illa pretende cobrar una cuota de alta” a ambos que no reconocen como legítima. Y, por otro, el que se origina tras un procedimiento sancionador contra ellos “para darnos de baja por duplicidad como socios de dos cofradías al mismo tiempo”, cosa que niegan que llegase a suceder.
Así las cosas, resumen sobre esto que “la reclamación patrimonial presentada es por los periodos comprendidos entre el 2017 y 2021 (primer procedimiento) donde la Cofradía nos ha negado el derecho a trabajar en los planes de explotación por no ser socios, al habernos dado de baja con fecha del 31 de febrero del 2017”.
En lo referente al segundo procedimiento, añaden, del año 2021, “está en el juzgado, y para nada tiene que ver con la reclamación patrimonial presentada que es por lucro cesante del 2017 al 2021”, concluyen.