Recurren la denegación de ayudas por paro del libre marisqueo al entender que Mar erró al adaptar la norma de la UE

Recurren la denegación de ayudas por paro del libre marisqueo al entender que Mar erró al adaptar la norma de la UE
Labores de marisqueo a flote en la Ría de Arousa | Gonzalo Salgado

Cuatro armadores de A Illa han presentado recurso potestativo de reposición contra una resolución de la Consellería de Mar que les deniega el acceso a ayudas por el paro en el libre marisqueo. Han dado el paso al entender que la Xunta cometió un error material al transponer la normativa europea en la orden autonómica.

 

Días trabajados

La clave de su reclamación pivota alrededor del concepto de días de trabajo y la manera en que estos pueden acreditarse ante la administración. 


Señalan que el reglamento europeo de aplicación establece como requisito haber acreditado al menos “120 días” de “actividad pesquera” durante los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda. En el caso de la orden autonómica que desarrolla y adapta para Galicia este derecho comunitario, lamentan que el requisito fue no solo desarrollado, sino transformado, exigiendo Mar que esos días de actividad se verifiquen, únicamente, “mediante las notas de venta realizadas en las lonjas o centros de venta autorizados”. 


Argumentan los recurrentes que la “actividad pesquera” que exige Europa no se puede medir únicamente en ventas. Lo ejemplifican señalando jornadas de navegación, por ejemplo, para largar miños, en las que no hay capturas; para desplazarse durante varios días a un determinado banco pesquero o, en el caso concreto del marisqueo en Arousa, también son actividades las “limpiezas de bancos”, “vigilancias”, “resiembras”, “mantenimiento de embarcaciones” y demás trabajo que no genera directamente venta en lonja.


Por ello, solicitan que se tenga en cuenta su recurso y plantean a la Xunta la vía de la corrección de errores. Creen que con ello podría cambiarse la redacción de la orden sin paralizar los expedientes en curso y sin perjudicar así a terceros solicitantes, pero dando cabida a las ayudas para estos reclamantes.

 

De baja

La situación particular de estos cuatro, no obstante, va un paso más allá, ya que coinciden en haber acreditado periodos de baja médica.  Aún así, argumentan y solicitan que se equiparen “los días de baja médica donde una persona no puede realizar la actividad pesquera por causa de fuerza mayor como situación asimilada al alta”, computándose estos como días de “actividad pesquera” para la solicitud de la ayuda. Los afectados se sienten incluso engañados, por cuanto aseguran que con anterioridad a la solicitud les habían indicado que no habría problema en la concesión por haber estado de baja.

Recurren la denegación de ayudas por paro del libre marisqueo al entender que Mar erró al adaptar la norma de la UE

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