La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra rechaza revisar la pena por agresión sexual del hombre que, en 2006, fue condenado por agredir sexualmente a una anciana, tras entrar en su vivienda para robar.
La defensa solicitó la revisión de las penas, en base a la aplicación de la nueva legislación, conocida como ley del "solo sí es sí". Sin embargo, desde la sección cuarta señalan que dicha normativa establece para este tipo de delitos, condenas que van de los siete a los quince años de prisión.
La condena impuesta en su día, de catorce años, se enmarcaría, por tanto, en esta franja, por lo que la sección cuarta de la Audiencia no acepta la petición de reducción de pena.