El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra rechazó el recurso interpuesto por el dueño de un patinete eléctrico contra la resolución de la Xunta de Goberno Local de Vilagarcía en la que se acordó su inmovilización. La administración municipal entiende que se trata de un ciclomotor que necesita permiso, matrícula y certificado de seguro obligatorio.
La magistrada decretó que el recurrente deberá abonar las tasas de 77 euros para retirar el patinete de los depósitos municipales y estima que el vehículo que usaba en el momento de la denuncia “alcanzaba e era hábil para superar os 25 kilómetros por hora”.
La jueza asegura que en el pliego de las características se sobserva que la velocidad es de 45 km/h, aunque autolimitado a 25. “Á súa vez, hai que precisar respecto do tipo infractor que nos ocupa que, para a súa constatación resulta indiferente coñecer a velocidade exacta á que circulaba o dispositivo, ou a máxima que poida alcanzar, sendo suficiente probar que se excederon ou” que se encuentra en disposición de circular a velocidades superiores a los 25 kilómetros por hora. Por ello, ratifica la decisión del Concello.