El 2022 ha arrancado con una serie de claves legales para las empresas, partiendo de la Reforma Laboral estos días en auge por la votación en el día de hoy en el Congreso para conseguir los apoyos necesarios para salir refrendada.
Como hemos analizado en artículos anteriores la Reforma Laboral ha introducido modificaciones que exigen a la empresa la adaptación de la gestión de las relaciones laborales a este nuevo esquema normativo.
Desde los contratos fijos discontinuos:
1) Para un uso intermitente pero reiterado, la nueva norma permite formalizar este tipo de contratos no sólo en trabajos estacionales que se repite en fechas concretas. En este supuesto se puede encontrar un negocio de hostelería que abre en temporada de verano.
2) Cuando la prestación del trabajo sea intermitente, sin la estacionalidad, pero tiene periodos de ejecución concretos, en este caso se puede encuadrar una empresa de organización de eventos.
3) Cuando se trata de mano de obra de una subcontrata o contrata pero forma parte de la actividad ordinaria de la empresa que presta el servicio. Por ejemplo, una empresa de seguridad contratada por unos grandes almacenes puede suscribir contratos fijos discontinuos.
Con la eliminación del contrato de obra o servicio y de circunstancias de la producción el contrato fijo-discontinuo es el que mejor se adapta para estos supuestos.
En el caso de las subcontratas la clave legal de la reforma laboral es que el convenio a utilizar debe ser el de la contrata principal y el correspondiente a la actividad efectivamente realizada por los trabajadores.
Siguiendo con la recopilación, la clave de este 2022 es el Plan de Recuperación y Resiliencia que va a permitir movilizar el crédito asignado a España acompañado de la aprobación de los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación económica. Estos fondos serán distribuidos a las Comunidades Autónomas que serán las encargadas de tramitarlo.
A nivel fiscal la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha introducido una tributación mínima para los ejercicios a partir del año 2022, esto afectará a las empresas que quieran aplicar deducciones por inversiones y actividades económicas. Otra novedad es que las sociedades pueden regular mediante estatutos la celebración de juntas telemáticas y la limitación de la distribución de dividendos. Para las empresas con base tecnológica e innovación se han introducido medidas ventajosas a nivel fiscal para potenciar y fomentar este tipo de negocios.
Con la modificación de la Ley Concursal la reestructuración de insolvencia permite facilitar los instrumentos pre-concursales para hacerlos más flexibles.
Además de la Reforma Laboral, el pasado 1 de febrero se aprobó el anteproyecto de Ley de Vivienda en el Congreso de los diputados, que el Gobierno ha tramitado por el procedimiento de urgencia dado que se espera que entre en vigor antes del mes de octubre. Al tramitarse mediante este procedimiento los plazos se reducen a la mitad.
La futura Ley y como figura en el anteproyecto no se puede enajenar el parque público de vivienda social, en el caso de la vivienda protegida no se va a poder levantar la calificación hasta pasado un periodo de 30 años. Esta norma irá de la mano en el ámbito privado, que deberá mantenerse en precios asequibles a cambio de ventajas urbanísticas y tributarias.
La cuestión que ha creado controversia del anteproyecto es la limitación de la propiedad ya que la propiedad va a quedar condicionada por un concepto de función social y vivienda digna que engloba el precio, la accesibilidad, la eficiencia energética.
La segunda cuestión polémica es que se introduce el concepto de zona tensionada, donde se va a regular los precios de alquiler y se van a aplicar medidas para el acceso a la vivienda.
El anteproyecto limita el precio de los grandes tenedores (propietarios de más de 10 inmuebles) donde se quieren establecer mecanismos de contención y bajada de precios en las renovaciones de los contratos.
A mayores, el concepto de vivienda vacía que actualmente tiene un recargo del 50% en el IBI y tiene previsión de alcanzar el 150% en función del tiempo que la vivienda se encuentre desocupada y ligado al número de viviendas que un titular disponga en un término municipal.
En este anteproyecto se establece la creación de un Consejo Asesor de Vivienda para el desarrollo de todas las políticas reguladas en el proyecto, para ofrecer garantía en las exigencias de información en compra y alquiler.
En relación a los desahucios, la situación de vulnerabilidad se deriva a la decisión de un juez donde se quieren prolongar los plazos dependiendo de si se trata de persona física o jurídica. En cuanto a los meses de impago el arrendador tiene que recurrir a la vía judicial para poder reclamar los créditos pendientes.
Por lo tanto comenzamos el año con la Reforma Laboral pendiente de referendo por parte del Congreso, con la aprobación por el mecanismo de urgencia de la Ley de Vivienda y la sombra de una reforma fiscal en el horizonte, sin duda este 2022 arranca con muchas novedades legales tanto para empresas como para los ciudadanos.
*Asesora Laboral en INTER Asesoría