El tribunal del Sheriff de Edimburgo determinó este jueves que el proceso de extradición a España de la exconsejera catalana Clara Ponsatí es "imposible" para las cortes escocesas y compete a las "autoridades españolas".
El tribunal de Edimburgo concluyó que el caso de Ponsatí, reclamada por un delito de sedición por su participación en el referéndum ilegal de independencia de Cataluña en 2017, no se puede dirimir por la justicia del país, pues la académica vive y trabaja en Bélgica, estando fuera de la jurisdicción de Escocia.
"No se puede extraditar a alguien que no está aquí" afirmó el juez Nigel Ross en una audiencia celebrada hoy ante las partes afectadas, el Gobierno de España, representado por la Fiscalía de Escocia, y la defensa de Clara Ponsatí, los letrados Aamer Anwar y Clair Mitchell.
Durante la audiencia, la Fiscalía, representada por John Scott, criticó la ruptura de confianza de Ponsatí con el Tribunal al no haber notificado su cambio de residencia hasta el pasado mayo, cuando éste tuvo lugar en enero de 2020, según la orden del Tribunal General Europeo de Justicia el pasado 30 julio.
Según las condiciones de su libertad establecidas el pasado noviembre de 2019, la exconsejera debería haber notificado cualquier cambio con suficiente antelación.
"Esta mañana hemos comparecido ante el Tribunal, representando a Clara Ponsatí -quien estuvo ausente en la vista de hoy- habiendo anticipado que ella ya no se encontraba dentro de la jurisdicción escocesa", declaró a los medios congregados a la salida del tribunal su abogado defensor, Aamer Anwar.
El representante legal de Ponsatí agregó que por ello "ha sido acordado que debe ser retirada su orden y que las acciones de este tribunal para su extradición han llegado a su final".
El pasado 30 de julio el Tribunal General de la Unión Europea (TGEU) revocó su decisión de devolver a Ponsatí, como a sus compañeros de partido (JxCat) en el Parlamento europeo, Carles Puigdemont y Toni Comín, su inmunidad parlamentaria retirada por la Cámara el mes de marzo.
El vicepresidente del TGEU clarificó que "la inmunidad que ampara a los diputados durante sus desplazamientos al lugar de reunión del Parlamento o cuando regresen de éste permanece jurídicamente intacta" y por ello "pueden desplazarse para asistir a las reuniones del Parlamento".
El mismo auto recuerda que las euroórdenes contra los eurodiputados proindependentistas se mantienen suspendidas hasta que el Tribunal Superior de Justicia Europeo (TSJEU) se pronuncie a la cuestión prejudicial que el juez instructor, Pablo Llarena, interpuso para esclarecer los criterios de rechazo de entrega de un ciudadano.
Una vez que el TSJEU se pronuncie, el juez Llarena determinará las acciones a seguir con el fin de extraditar a los tres europarlamentarios proindependentistas huidos de la Justicia tras su participación en el referéndum ilegal de independencia de Cataluña en octubre de 2017.