Condenan a once años de prisión al ex-GRAPO que disparó a un joven en un parque de Vigo

Condenan a once años de prisión al ex-GRAPO que disparó a un joven en un parque de Vigo
El exgrapo Manuel B.G., que disparu00f3 a un joven se sienta en el banquillo de los acusados

 El ex-GRAPO Manuel B.G., que disparó a un joven, sin alcanzarle, en un parque de Vigo el 14 de septiembre de 2023, ha sido condenado a once años de cárcel.


La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, lo ha considerado autor de un asesinato en grado de tentativa y de un delito de tenencia ilícita de armas por el ataque que se produjo Castrelos, según recoge la sentencia que ha facilitado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).


Víctima y agresor habían tenido altercados previos por discusiones en relación a sus perros. El procesado debe abonar una indemnización de 3.804 euros al agredido por los días que estuvo de baja y el daño moral que le causó.


En la sentencia, que no es firme, puesto que contra ella cabe recurso, los magistrados explican que el ex integrante de la banda terrorista disparó a la víctima “con la clara intención de matarla” y que “trató de asegurar el resultado excluyendo toda defensa y consiguiente riesgo para su persona”.


Los jueces sostienen en la sentencia que, cuando se encontraron en el parque, el procesado, “casi sin aviso”, sacó “una pistola con la que apuntar y disparar”.


También destacan que el afectado “en modo alguno podía prever una reacción tan desproporcionada”.


En el primer momento en el que exhibió el arma, según el fallo, “ambos estaban a unos dos o tres metros de distancia, pero el acusado tuvo algún problema para montar el arma, lo que le dio tiempo a la víctima a correr a refugiarse detrás del árbol”.


Los jueces señalan que “la escapatoria de la víctima sólo pudo tener lugar por esos problemas” del autor de los disparos.


Inciden, igualmente, en que el hecho de haber empleado una pistola y haber apuntado hacia el joven, al tiempo que disparaba hacia su parte posterior, es claramente acreditativo del ánimo de matarlo.


“El disparo lo efectuó el acusado no con intención de asustar o impresionar a la víctima, sino para alcanzarla y matarla”, insiste el tribunal en una resolución en que concluye que el afectado “solo se libró porque se hallaba guarecido detrás del árbol pero, incluso así, la bala iba en su dirección e impactó lateralmente en el árbol que se encontraba entre él y el acusado”.


La defensa argumentó que podía haberse acercado para volver a dispararle, ya que aún había balas en el cargador, pero los magistrados entienden que en el vídeo grabado por la víctima “se aprecia cómo el acusado acechaba del otro lado del árbol para obtener una nueva línea de disparo, por lo que no es que no quisiera rematar su obra, sino que tuvo dificultades para ello”.


Además de la pena de cárcel, la Sala le ha impuesto diez años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse a una distancia inferior de 200 metros del domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar en el que se encuentre la víctima, así como la de comunicarse personalmente o por cualquier otro medio con ella, durante 10 años

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