El Supremo ratifica la condena de doce años por el accidente mortal en Palmeira

El alto tribunal confirma un delito de homicidio doloso por la muerte de la pareja y otro contra la seguridad vial
El Supremo ratifica la condena de doce años por el accidente mortal en Palmeira
La acusada por el doble accidente mortal de Palmeira en la Audiencia Provincial en el 19 de diciembre de 2022 | EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 12 años y medio de prisión dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia para la conductora que causó un doble accidente mortal en Palmeira, en la localidad de Ribeira en mayo de 2019.
En consecuencia, el alto tribunal ratifica que la acusada es culpable de dos delitos de homicidio doloso, en concurso con un delito contra la seguridad vial. Además, también ha confirmado la condena relativa a la privación, durante ocho años, del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, que se traduce en la pérdida del permiso.
Según el relato, la mujer conducía sobre las 18.35 horas del 5 de mayo de 2019 por la carretera AC-305, a su paso por Palmeira,  cuando, al tomar una curva a la derecha, invadió el carril contrario y colisionó frontalmente contra otro coche en el que viajaba una pareja, Sara Lampón y Abraham Muñiz, que fallecieron a consecuencia del impacto. Los miembros del jurado entendieron acreditado que la acusada circulaba a una velocidad de unos 130 km/h, cuando el límite de velocidad establecido era de 70 km/h, y bajo los efectos del alcohol y de fármacos antidepresivos y antipsicóticos.

 

Concurrencia de dolo eventual
En el recurso, la defensa alegaba que el jurado en su veredicto había incurrido en contradicción, así como una infracción de normas y garantías procesales y por error en la valoración de la prueba. En esta línea, entendía que los hechos constituyen un delito de imprudencia temeraria, pero no un delito de homicidio por dolo eventual. Pero el Supremo sostiene que, aunque la sentencia no aclara si la acusada vio al otro vehículo, sí estima la concurrencia de dolo eventual porque, “dadas las circunstancias, existió un riesgo concreto deducido de su comportamiento inmediatamente anterior, de generación de riesgos concretos para otros conductores, a pesar de lo cual continuó con su acción, siendo indiferente a los resultados que pudiera causar, incluso de muerte”.
También explica que se trata de un caso “que se asimila al del llamado ‘conductor suicida’”. Los magistrados no consideran errónea la calificación de la acción como realizada con dolo eventual y señalan que no hay lugar al recurso de casación interpuesto contra la sentencia del TSXG. 

 

Sara y Abraham, la pareja que perdió la vida en la carretera

Sara Lampón y Abraham Muñiz era la pareja que murió en el accidente cuando el vehículo en el que circulaban en dirección A Pobra do Caramiñal recibió el impacto del coche conducido por la otra parte implicada. Ya en enero de 2023 la sección compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña condenó a doce años y medio de cárcel a la conductora causante del accidente mortal de tráfico.

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