La operación Munari contra una presunta red de constructores de planeadoras para el narcotráfico, con ramificaciones en Arousa, sigue en fase de instrucción judicial y el año pasado se encontró con un importante escollo por las halladas en una nave de Portugal. Las autoridades señalan que su tasación y peritación resulta “imprescindible” para avanzar en la tramitación, pero los propietarios estuvieron litigando para impedirlo, invocando que en su país no se trata de género prohibido, como en España.
En el estado vecino, los investigadores españoles, en colaboración con agentes portugueses, hallaron más de una docena de embarcaciones tipo EAV (de alta velocidad) en varias naves. Una de ellas estaba en Viana do Castelo y era necesario examinarlas como se hizo con las aprehendidas en Ribadumia, Cambados y Salamanca. Sin embargo, la orden emitida hace un año por el juzgado cambadés encargado del caso, solicitando la tasación y peritaje por parte de la Capitanía Marítima de Vigo y emitiendo una orden europea de investigación para que las autoridades judiciales del país vecino procedieran y autorizaran la participación de la españolas, fue recurrido. Primero en reforma, siendo desestimado al mes siguiente, y luego en apelación, pero también fue rechazado por la Audiencia de Pontevedra.
Señalaban los recurrentes que la fabricación y tenencia de estas planeadoras no es constitutiva de delito de contrabando en su país y que por tanto “ningún juez penal” hubiera acordado semejante diligencia de investigación. Además, hacían hincapié en que sobre el delito contra la salud pública que se investiga en Munari “no existen indicios de comisión, se hacen afirmaciones genéricas carentes de base objetiva” y se mencionan “datos e investigaciones, pero ni un solo indicio que relacione las embarcaciones con un delito contra la salud pública más allá de la presunción de que iban a ser utilizadas con tal fin”.
En su desestimación, el tribunal provincial destaca la “relevancia” de este examen y lo califica de “imprescindible para avanzar en la tramitación de la causa”. También que “además de objeto de género prohibido importado a España por los investigados, son instrumento específico del delito contra la salud pública cometido en el seno de una organización criminal, también objeto de indagación”. Y es que los investigadores sostienen que la nave lusa era un “punto de depósito” para luego trasladar los barcos a España “para su finalización y su transporte a los lugares donde han de ser botadas al mar con finalidad delictiva”.
El propio Fiscal señala como “esencial” conocer sus características técnicas y valor estimado “para acreditar su funcionalidad y utilidad, así como el alcance económico de la actividad de narcotráfico investigada”. También que, en estos delitos, corresponde la jurisdicción a los tribunales españoles en un procedimiento dirigido contra uno de sus ciudadanos y que además investiga una actividad de un grupo “con miras” a delinquir en territorio español. Una argumentación “correcta y ajustada a derecho” para la Audiencia de Pontevedra.
Cabe recordar que la operación fue desarrollada en 2022 por Guardia Civil, Policía Nacional y Vigilancia Aduanera, se incautó de casi una veintena de lanchas –seis de ellas casi listas para navegar–, además de motores. Detuvieron a 22 personas y se practicaron 27 registros.