El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cambados, ha desestimado la oposición de una heredera al Cuaderno Particional correspondiente a la Liquidación de la Sociedad de Gananciales y División de Herencia de sus padres. El documento legal estipula que la vivienda unifamiliar del matrimonio fallecido, ubicada en O Grove, es una propiedad indivisible, por lo cual, el inmueble pasa a ser parte del descendiente que pueda compensar económicamente a los otros con su parte correspondiente de la casa.
Según la argumentación de la opositora, ella no puede hacerse cargo de dichas costas, pero alega que ella siempre ha ocupado la vivienda, ha asumido los gastos de la misma, que la adjudicación la dejaría en una situación de desamparo y que su hermano reside habitualmente en otro país.
No obstante, el juzgado ha rebatido los argumentos exponiendo que no son criterios suficientes a tener en cuenta a la hora de dividir y adjudicar una herencia, además de que irían en contra de los derechos de todos los descendientes si la oposiora pretende que se le adjudique la vivienda sin poder hacerse cargo de las compesaciones económicas.