Los ciudadanos podrán tener desde mañana el DNI en sus móviles

Los ciudadanos podrán tener desde mañana el DNI en sus móviles
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Desde este miércoles cualquier ciudadano con un DNI en vigor en soporte físico podrá también llevar este documento en su teléfono móvil para acreditar su identidad en trámites presenciales ante entidades públicas o privadas, como pueda ser firmar una hipoteca en una entidad bancaria, recoger un paquete en Correos o votar en unas elecciones.


Así lo ha asegurado este martes en la rueda de prensa posterior al consejo de Ministros el titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, quien ha presentado el real decreto aprobado por el Gobierno que regula al expedición del DNI tanto en formato físico como, por primera vez, en formato digital y que entrará en vigor mañana tras su publicación en el BOE.


Marlaska ha asegurado que el proyecto del Ministerio del Interior desarrollado por la Policía Nacional junto a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, sitúa a España entre los primeros países europeos que disponen de un sistema para acreditar la identidad a través del teléfono móvil mediante un soporte virtual "sencillo, intuitivo y efectivo".


Cualquier titular de un documento de identidad en vigor, previa descarga de una aplicación, podrá disponer en su móvil de una versión digital que le permitirá identificarse de manera segura y con la misma eficacia jurídica, si bien en esta primera fase que durará un año, tendrá limitaciones, ya que de momento no servirá para identificarse en internet.


Además, durante este periodo no será obligatoria la aceptación del nuevo formato digital por parte de la administración pública o de empresas privadas, que contarán con este primer año para adaptarse.
En todo caso, el DNI en formato digital no sustituye al carné tradicional.


¿Para qué podrá usarse el DNI en el móvil?

En esta primera fase, el DNI en el móvil podrá emplearse para acreditar la identidad de manera presencial en determinadas gestiones.


Servirá, por tanto, en el control de acceso a cualquier espacio público o privado, para establecer cualquier tipo de relación jurídica, firmar escrituras ante notario, acreditar la identidad en trámites presenciales ante la Administración o ante entidades privadas.


También para acciones como acreditar la mayoría de edad, abrir una cuenta bancaria, registrarse en un hotel, alquilar un vehículo, realizar transacciones comerciales presenciales en las que se requiera el DNI en vigor o recoger paquetes en Correos o servicios de mensajería.


En general, el DNI digital permitirá todas aquellas acreditaciones presenciales de identidad que ahora se realizan con el carné físico, como pueda ser identificarse ante las fuerzas de seguridad o ejercer el derecho a voto en unas elecciones.


¿Qué hay que hacer para tener en el DNI digital?

Para disponer del DNI en formato digital es necesario completar tres fases: un registro previo que vincula de manera inequívoca la identidad del ciudadano a un número de teléfono móvil que permite la descarga de la aplicación MiDNI, virtualización del DNI y verificación del proceso.


Para realizar el registro es necesario que el DNI se encuentre en vigor y sus certificados electrónicos activos, lo que podrá hacerse a través de la web www.midni.gob.es, en los Puestos de Actualización de Documentación (PAD) existentes en comisarías de Policía o ayuntamientos y en cualquiera de las 290 Unidades de Documentación de la Policía Nacional.


En cualquiera de estas vías de registro se informará al ciudadano de la ruta de acceso a la aplicación para su descarga.


La aplicación MiDNI será la única oficial con respaldo legal e impide la manipulación o falsificación de los datos, que no quedarán almacenados ni en el móvil que solicita la identificación ni en el que comprueba la identidad del titular del DNI digital.


Durante el alta en la misma se verifica que el DNI está asociado a ese número de teléfono por medio de códigos de un solo uso que el usuario debe de utilizar para finalizar la correcta vinculación. Únicamente se puede asociar un DNI a un número de teléfono móvil.


En caso de que el documento esté extraviado o haya sido sustraído, la información no estará disponible.
Elegir los datos del DNI que se quieren mostrar


Al realizar la consulta, el titular del DNI podrá decidir qué datos quiere mostrar en función del uso que quiera dar y del fin de la verificación de la identidad. Esta libertad de mostrar los datos según la situación incrementa la privacidad del ciudadano, ya que no es necesario mostrar todos los datos en todas las situaciones.


Las tres opciones disponibles son: DNI edad, que mostrará la fotografía, el nombre y la mayoría de edad; DNI simple, que reflejará la fotografía, el nombre, apellidos, el sexo y validez de DNI; y DNI completo, que muestra todos los datos del documento físico.


Una vez elegido el nivel de información solicitado, la aplicación genera un código QR que se muestra en la pantalla del teléfono del titular del DNI.


Es un código generado por Policía Nacional, lo que asegura que los datos son auténticos en ese mismo momento, que permanecerá visible durante un corto período de tiempo. Pasado este período, perderá su validez y será necesario generar un nuevo código.


El código QR generado puede ser escaneado por cualquier otro dispositivo en el que haya sido instalada la aplicación MiDNI. Al escanearlo, aparecerá en la pantalla del usuario verificador los datos del ciudadano en función de la opción elegida.


Tras esta primera fase de un año de puesta en marcha y adaptación en 2026 el DNI en el móvil sí permitirá la acreditación de la identidad para hacer gestiones telemáticas, firma electrónica y otras operaciones a través de internet.

Los ciudadanos podrán tener desde mañana el DNI en sus móviles

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