El tribunal que juzga el alijo de 3.800 kilos de cocaína del buque MV Karar, proceso que sienta en la Audiencia Provincial de Pontevedra, en su Sección Quinta en Vigo, a 28 acusados, desestimó hoy la pretensión de la abogada de uno de los procesados de suspender el juicio por una presunta causa de indefensión. Eso sí, los magistrados deberán resolver sobre una cuestión de competencia para juzgar los hechos, ya que la misma letrada y otros colegas que participan en el juicio entienden que el asunto debe quedar en manos de la Audiencia Nacional.
Las defensas pusieron en el foco al inspector de la Policía que elaboró los informes, principal testigo de la Fiscalía, quien recientemente fue detenido y puesto en libertad, sin pasaporte, por su presunta relación con el narcotráfico.
En la primera jornada del macrojuicio ni siquiera dio tiempo a concluir las cuestiones previas —faltan cinco abogados—, a las que la defensora del principal acusado, Juan Carlos Santórum, y de otros seis procesados, dedicó más de dos horas para tratar de echar por tierra los informes policiales en los que se basa la acusación.
La vista había sido aplazada el 27 de febrero por diversas cuestiones, entre ellas, cambios de abogados, y el 20 de marzo por la baja médica de esa abogada. A diferencia de marzo, Santórum, señalado por la Fiscalía como el supuesto jefe de la organización, sí estuvo presente este miércoles.
En las cuestiones previas, la abogada de René R. planteó la nulidad de las actuaciones al considerar que se vulneró la ley procesal ya que, en su opinión, este caso tendría que haber sido juzgado por un órgano central, la sala penal de la Audiencia Nacional. Argumentó además que existió en el procedimiento una situación de “indefensión total y absoluta, una quiebra a la tutela legal y efectiva”. La jueza estimó que no había lugar a la suspensión al entender que no se produjo una vulneración que impidiera la celebración del juicio.
Tras el rechazo del tribunal, la defensa de René plateó la cuestión de competencia y argumentó que la carga del MV Karar, de acuerdo con el escrito de acusación, se hizo fuera de España con un tripulante nacional a bordo, por lo que un delito cometido por un español en el extranjero es, en su opinión, “competencia única y exclusiva de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional”.
La misma abogada planteó la nulidad del procedimiento por supuesta vulneración de derechos fundamentales al exigir una investigación sobre la actuación, en este caso, del ex inspector jefe de la comisaría de Pontevedra, que llevaba 20 años vinculado al Grupo de Respuesta Especial contra el Crimen Organizado (Greco) de Galicia y que dirigió la operación del MV Karar. Citado como testigo por el fiscal, fue detenido a principios de mes en Vigo por la unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional investigado por su presunta relación con el narcotráfico.
La letrada también planteó otras cuestiones previas, entre ellas, que se dejen fuera del procedimiento las geolocalizaciones y las escuchas telefónicas.
Como ella, la abogada de los Santórum —Juan Carlos y su hermano— planteó la posible tacha del inspector jefe de la Policía. “Si ya había dudas en el procedimiento, en este momento hay muchísimas más”, indicó.
Sobre Juan Carlos Santórum, el principal acusado, considera que en el primer informe del jefe de la unidad del Greco no se ofrece “ningún argumento” señalarlo como “miembro de una organización”, por lo que ha visto una “total falta de motivación”. Lo mismo aplicó a otros acusados que representa. Así, habló de conclusiones “bastante imaginativas” del inspector y de indicios “absolutamente insuficientes” para imputar a sus defendidos, sosteniendo que el informe policial recoge “afirmaciones falsas” y “expresiones alarmantes”.
De los 29 acusados inicialmente, uno, el gallego J.R.M.R.— falleció en septiembre del año pasado, por lo que la causa se dirige ahora contra las otras 28 personas, de las que 16 se encuentran en prisión. No obstante, 14 de ellas, todos miembros de la tripulación, quedarán en libertad a finales de mes si no se acuerda antes una condena de cárcel contra ellos.