El Concello se ha quedado sin 88.0000 euros de ayudas autonómicas concedidas para la ejecución de los proyectos de gestión de residuos Cambados Limpo y Cambados Biorresiduos y no los 200.000 euros que en total se le habían otorgado para estos planes, como se publicó por error. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le ha dado la razón a la Xunta, que se las retiró y le reclamó el reintegro de un anticipo de 44.000 euros que llegó a ingresar, a modo de anticipo, por incumplir las bases de la convocatoria a la hora de justificar la inversión para recibir el pago. La sentencia no es firme y el alcalde, Samuel Lago, indica que van a recurrirla ante el Tribunal Supremo.
El gobierno local se acogió en 2020 a una orden de la Consellería de Medio Ambiente para la puesta en marcha de actuaciones en esa anualidad y la de 2021. Así, creó los puntos limpios móviles, fomentó el compostaje, dio continuidad al exitoso servicio de recogida puerta a puerta en los establecimientos e hizo campañas de sensibilización, además de proyectar un servicio de reutilización de enseres.
Todas estas acciones estaban englobadas en susodichos proyectos y sumaban algo más de 200.000 euros en ayudas. La solicitud fue aprobada, pero el problema llegó a la hora de justificarlas. En marzo de 2021, la consellería le envió un requerimiento para subsanar “defectos” sobre una de las líneas, la de 88.000 euros. Más concretamente, para que justificase que había solicitado más presupuestos que los de las empresas que resultaron adjudicatarias de los contratos. El Concello presentó alegaciones y unas propuestas de gasto firmadas por varios concejales y la alcaldesa por aquel entonces, pero fueron rechazadas y se le abrió un expediente de pérdida de las subvenciones y de reclamo del anticipo de 44.000.
El Ejecutivo municipal recurrió la decisión ante el TSXG discutiendo la necesidad de haber pedido presupuesto a otras empresas porque eran contratos menores y por tanto cumplió la ley al concederlos mediante el sistema de adjudicación directa. Además, argumentó que esa obligación no aparecía en las bases de la convocatoria ni en los requerimientos autonómicos.
El alto tribunal discrepa en esto último, asegurando que las bases “disponen claramente la obligación de aportar tres ofertas de distintos empresarios” en caso de haber acudido a ese tipo de adjudicación. En su sentencia explica que es una “garantía adicional” para establecer que el coste de la actuación “responde a una valoración real del mercado, para evitar que se sufraguen costes desproporcionados” con el objetivo de “asegurar el correcto uso de los fondos públicos” que, en este caso, también procedían del fondo europeo Feder.
El Ayuntamiento también alegó que el covid 19 mantenía paralizada la actividad empresarial y había escasez de sociedades disponibles porque se trataba de una actividad muy específica, así que la “obtención de tres presupuestos supondría un evidente obstáculo para cubrir de forma inmediata el servicio”. Pero los magistrados consideran que no es el caso para las campañas informativas o de suministro de señalización y que “no basta” la “mera invocación de la pandemia” porque “no se ha acreditado siquiera el intento de contactar con al menos otras dos empresas”.
Así las cosas, desestima su recurso, confirmando la resolución de Medio Ambiente y además le condena al pago de las costas con el límite de 1.500 euros.
El regidor avanzó esta mañana que están preparando el recurso para presentar ante el Tribunal Supremo, pues consideran que la denegación por parte de Medio Ambiente "é inxusta". Reconoce que efectivamente las bases recogían la presentación de más presupuestos, pero se acogen a la parte donde también dice que será obligado "salvo que por las características de los gastos no exista en el mercado suficiente número de entidades que puedan ejecutar el contrato". Así las cosas, "non é un requisito esencial para o cumprimento da subvención, que seguiu o correcto procedemento de adxudicación directa ao tratarse de contratos menores", añadió Lago. Algo que el propio Tribunal recoge cuando dice: "No se imputa a la recurrente ninguna irregularidad formal del contrato adjudicado desde la perspectiva de la normativa de contratación pública, sino el incumplimiento de la forma de justificación de la inversión".
A mayor abundamiento, Lago señala que esto sucedió en algunos contratos, en los que "non se puideron obter orzamentos de varias empresas porque eran suministros específicos y non hai moitos fabricantes", como sería el caso de los composteros. Además de que urgía porque la subvención se aceptó en octubre y tenía que estar ejecutada en noviembre, aunque luego se aprobó una prórroga hasta diciembre. Sin olvidar, quiso destacar el regidor, que era en una "época complicada" porque se estaba en plena pandemia.
Lago también considera que tienen a su favor un "factor importante", que se trata de una ayuda entre administraciones "e unha administración non vai a estafar a outra administración". Pero además, "todo conta cos informes favorables de Intervención e Secretaría e parece que se está a poñer en dúbida o bo facer dos funcionarios municipais". Asimismo le parece que "non ten sentido" porque "non se pagaron prezos excesivos" y aunque luego se hubiera gastado más de lo previsto y planteado, que no es el caso, "á Consellería non lle afectaría porque ía dar os mesmos cartos concedidos" y sobre este particular no puso problema, ya que la ayuda fue otorgada y el problema habría llegado con la justificación.
El Concello ya abonó las costas y reintegró el adelanto de 44.000 euros, pero seguirá litigando porque no le parece justa la resolución de Medio Ambiente ni tampoco a su letrado y, de hecho, el alcalde asegura que está dispuesto a no cobrar la dieta por el recurso ante el Supremo.