El Concello ha retomado el caballo de batalla de que el terreno ubicado frente a la capilla de San Roque do Monte “es municipal” después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimara en diciembre un recurso contra las modificaciones urbanísticas 17 y 22 realizadas en los últimos años y que interpuso la propietaria que litiga desde hace años por esta franja. Según fuentes municipales, “entendía que se habían hecho para perjudicarle y arrebatarle” ese espacio, pero los magistrados han determinado que los cambios urbanísticos “se ajustan a derecho”.
La concejala de Urbanismo, Nuria Morgade, explica que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero se muestra tranquila ya que los “servicios jurídicos del Concello consideran casi anecdóticas las posibilidades de que pueda prosperar”.
Este litigio está vinculado a la disputa que mantienen desde hace años la familia de la casa de Pomares y la administración local por la propiedad de un terreno ubicado frente al inmueble y la capilla. Los dueños cuentan con sentencias del Juzgado de Vilagarcía y de la Audiencia de Pontevedra ratificando que les pertenece. De hecho, a pesar de las buenas relaciones mantenidas durante años con el resto de la comunidad y con el argumento de poder disponer del uso privado de este espacio, llegaron a poner primero unos bolardos y luego unos maceteros, contando con autorización de Patrimonio y reabriendo un conflicto nacido en 2011.
Sin embargo, el Ayuntamiento les denegó el permiso y como estos vecinos siguieron adelante, abrió un expediente de reposición de la legalidad y quitó los grandes maceteros de manera subsidiaria, alegando que no se ajustaba a la alineación y que era una simulación de un cierre. Esto fue en 2018 y lo reiteró ayer, indicando que vulneraba las alienaciones de la modificación número 17, aunque esta fue aprobada de manera definitiva en 2021. Cabe recordar que replantea las alineaciones de los viales públicos en todo el término municipal y, en todo caso, es menos restrictiva que su norma antecesora, pues reduce la porción de terreno que los vecinos deben ceder.
Al año siguiente de aquella retirada de los ornamentos, que se hizo en un acto público con vecinos críticos y la prensa, empezaba a tramitar la otra modificación recurrida en el TSXG, la 22, que fue aprobada en 2022 y supone una redelimitación del núcleo rural de San Roque do Monte y que en la planimetría muestra que los terrenos en lid se consideran como “espazo libre”.
El alto tribunal ha resuelto que los cambios están “perfectamente motivados y se han aprobado en el ejercicio legítimo de las potestades que el ayuntamiento tiene atribuidas por la ley, es decir, que tiene la razón, imponiéndole el pago de las costas a la demandante, doña M.A.G.C.”, señala el Ejecutivo municipal en su comunicado.
Así las cosas, sigue manteniendo que esa franja de tierra, donde hay un cruceiro catalogado, “son terrenos de propiedad municipal”, como ya hizo en los litigios anteriores. Argumentaba que se trataba de un camino público y parte del tradicional campo de la fiesta y que así lo recogía el Catastro de 1956. No obstante, cabe recordar también que la Audiencia de Pontevedra no lo dio por bueno, porque un registro fiscal no basta para probar una propiedad que atribuyó, en virtud de otras documentales, a la Casa de Pomares.