El proyecto de parque eólico en el Monte Castrove ya cuenta con el visto bueno ambiental de la Xunta de Galicia. La Dirección Xeral de Calidade Ambiental e Sostibilidade de la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático acaba de hacer pública la declaración de impacto ambiental, que concluye que este parque, que ha levantado la oposición de varios concellos y colectivos sociales, es “ambientalmente viable”. Eso sí, con condiciones impuestas desde diferentes órganos y entidades autonómicas.
Algunas de estas condiciones recogidas en el expediente de la propia declaración ambiental fueron ya atendidas, de hecho, por la promotora, la sociedad Parque Eólico Cadaval y Ventoso, S.L. Es el caso de las consideraciones formuladas por la Dirección Xeral de Patrimonio Natural (DXPN) y el Instituto de Estudos do Territorio (IET).
Para cumplir con algunas de las principales exigencias de estos organismos, la promotora propuso la supresión de uno de los cuatro aerogeneradores inicialmente contemplados en este parque eólico. Así, serán tres los aerogeneradores, con altura de 150 metros y diámetro de rotor de 170. A todo ello hay que añadir otras construcciones, como la apertura de viales, pistas, drenajes, excavaciones, creación de una subestación eléctrica y nuevos tendidos, dos tramos aéreos y otros dos, subterráneos.
El citado EIT señaló que el proyecto “produciría un impacto visual característico deste tipo de infraestruturas, sendo destacable a afección á Ría de Pontevedra (e, en menor medida, a Ría de Arousa), ao miradoiro do Castrove (e, en menor medida, aos de Monte do Castro, Miradoiro e San Cibrán)”, entre otros elementos.
La también mencionada DXPN fue una de las que propuso la supresión de uno de los aerogeneradores “pola alta concentración de aves rapaces”, instando también a la instalación de elementos “salvapaxaros para previr as colisións cos cables”.
Varios concellos, como el de Meis, solicitan que se deniegue la construcción, ante el impacto paisajístico
Por su parte, la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural (DXPC), destaca los impactos sobre bienes patrimoniales como la Ermida y Castelo do Monte Castrove y la Ermida de Santa María de Castrove; los petroglifos do Illó do Pozo Bravo (declarados Bien de Interés Cultural o BIC), la mámoa da Fonte do Lagarto y Casiña da Moura (BIC), así como los petroglifos meisinos de Outeiro do Crivo (también BIC).
El promotor prevé medidas correctores de mitigación visual, como la instalación de pantallas vegetales y mantenimiento de masas forestales, si bien “non propón nada específico”, por lo que Medio Ambiente considera “necesario” que contemple “medidas específicas nos tramos de maior visibilidade analizados”, así como presentar un proyecto arqueológico, entre otras medidas.
Augas de Galicia, la Dirección Xeral de Saúde Pública y la de Emerxencias de Interior también emitieron algunas consideraciones. Al igual que algunos concellos del entorno. En el caso del de Meis, se refirió a “afeccións á vexetación, á fauna e ao medio inerte, así como a outros factores non relacionados co medio ambiente”, instando, finalmente, a que la Xunta deniegue el permiso para la instalación.
Poio alertó de impactos visuales y paisajísticos, manifestando también su oposición al proyecto. Barro presentó alegaciones, pero centradas en aspectos no ambientales. En el caso de Pontevedra, emitió cuatro informes, en los que concluye que “a maior afección deste tipo de instalacións é o impacto visual”.
Más allá de los informes, se presentaron 613 alegaciones al proyecto en este trámite ambiental, 590 por particulares, catorce por asociaciones u organizaciones, ocho por ayuntamientos y una por una sociedad. Varias no eran en sí mismas de contenido ambiental pero, entre las que sí lo eran, destacan las oposiciones por el impacto ambiental y paisajístico, así como afecciones posibles a los recursos hídricos, a la fauna, a hábitats, especies amenazadas, al patrimonio arqueológico e incluso a la salud pública. Medio Ambiente también lista una serie de recomendaciones y condicionantes, así como la exigencia de un aval para posibles reparaciones ambientales.
Consulta a continuación la declaración íntegra: